Friday, April 12, 2019
SE presenta el caso de la señora JOSEFA GUERREO el cual demanda a la empresa “de COLOMBINA SAS” ya que fue no fue cancelado el seguro de vida de su difunto hijo, el señor JOSE RODRIGUES quien falleció por la causa de una enfermedad adquirida en la empresa dentro de los 180 días siguientes a la fecha que fue retirado. los hechos principales de los litis según las voces del libelo, consiste que el señor José Rodríguez ingreso en perfecto estado de salud al servicio de la empresa mencionado en el año 1942 como “manejador “de una maquina quien cumplía las funciones de empacador, quien ganaba la suma 900.000 mil pesos; posteriormente fue trasladado manejar otra máquina con otra función de presero y una asignación mensual de 1.000.000 pesos. El trabajador duro en la empresa por tres años presentando su labor. Habiendo sido retirado el día 15 abril del año 1945; por unas de la causa de una tuberculosis galanpante, y por motivo de él, a consecuencia de la cuál falleció a los 3 meses de haber sido despedido. La demanda fue presentada por la señora vda de Rodrigue en su condición como madre legitima del trabajador y hereda única mismo, por no haber dejado conjugue, hijos ni padres legítimo ni naturales; y se indicaron como fundamentos de derecho las siguientes leyes, la ley 133 de 1931 y 6° de 1945, en el parte b) del art 12; y los art2°, inciso 4°, del decreto 841 de 1946 y 5° del decreto 841 de 1946
aporte 2
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