Monday, April 15, 2019

Manejo de incapacidad por más de 180 días.

Se comienza diciendo que por lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo (CST)  y la Corte Suprema de Justicia se puede decir que no existe un numero tope máximo de incapacidad sufrida por el empleado por las cuales lo puedan despedir y estas deben ser reconocidas, autorizadas y cubiertas por los tiempos que se determinen por parte de las Aseguradoras como de las EPS, Fondo De Pensiones y ARL ya sea el ente correspondiente, se debe el tener muy en cuenta el origen que se refleje de esa incapacidad ya sea por una enfermedad  crónica degenerativa, o cualquier patología que no tenga que ver con el oficio de tu trabajo, esta va hacer reconocido así;  Después de un accidente o enfermedad común  donde se amerite incapacidad la empresa paga los dos días después del accidente, del tercer día hasta al 180 días de incapacidad las paga la EPS y desde el 181 día lo paga el fondo de pensiones (Decreto 019 de 2012, Articulo 142), en caso de accidentes de tránsito de un empleado es el SOAT inicialmente quien cubre los gastos demandados de la prestación de servicios médicos integrales hasta alcanzar los 500 salarios mininos legales diarios (Riobo 12 sep-2016). El salario que devenga un trabajador este será quien guié cuanto va hacer el porcentaje del pago de la incapacidad ya sea una 2/3 parte del salario o si gana  más del SMLV  el 66.67 % del sistema de aporte. Según el Ministerio de la Protección Social (Abril 2011)  a través de un oficio  plasma que durante los periodos de incapacidad temporal el trabajador no recibe salario, sino un auxilio por incapacidad, que si proviene de una enfermedad de riesgo común, se reconocerá por el sistema a través de EPS a la cual el trabajador se encuentre afiliado. En el Código Sustantivo  del Trabajo en el Articulo 23 del Decreto 2463 de 2001  habla de los casos de accidente o enfermedad común que exija rehabilitación, y para el reconocimiento de la pensión de invalidez, el trabajador deberá  acreditar  una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% y las semanas de cotización al sistema consagradas en la Ley.  Se puede concluir que teniendo una buena salud laboral se tiene un buen desempeño el cual a su vez tiene como objetivo principal la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud (Verónica Andrade 2008) y rehabilitación de lesiones y enfermedades derivadas del trabajo (Benavides, Ruiz y García 2000), que haciendo valer los Derechos y Deberes sobre el tema de incapacidad de los empleados podemos obtener un ambiente laboral  agradable y justo para todos.

REFERENCIA:


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